Los Centros de Atención Primaria (CAP) y hospitales de Cataluña podrán tramitar los testamentos vitales de aquellos pacientes que así lo soliciten. Un cambio que ya ha pedido en varias ocasiones la asociación, Derecho a Morir Dignamente.
La reforma impulsada por el PSC, JxCat y los Comunes ha sido aprobada este miércoles en el Parlament por todos los grupos políticos. El PPC y Ciudadanos han votado en contra.
Esta nueva ley pretende agilizar los trámites burocráticos que en este caso beneficiarán al testador por varios motivos. El solicitante, eso sí, tendrá que ser mayor de edad. A partir de ahora, el paciente no tendrá que recurrir a un notario, ni tampoco será necesaria la presencia de tres testimonios.
Beneficios de la nueva Ley
El primer beneficio es que un médico o enfermera, como representantes del equipo sanitario, podrán avalar el trámite firmando el documento vital. Representantes de la plataforma han manifestado, que en la mayoría de ocasiones el paciente no dispone de dinero para hacer frente a los costos.
No obstante, quien lo desee podrá recurrir al fedatario, como se ha hecho hasta el momento. El segundo motivo, es que en muchos casos el testador ha perdido su red de contactos y no puede reunir a tres personas.
Esta simplicidad en las gestiones pretende otorgar una mayor autonomía en los pacientes. En Cataluña, el porcentaje de Documentos de Voluntades Anticipadas otorgadas es inferior a otras comunidades. Un 14,15% por cada 1.000 habitantes. La asociación criticaba que este hecho se justificaba teniendo en cuenta que los trámites eran complejos.
El pasado mes de septiembre, la presidenta de la Plataforma, Cristina Vallés, presionaba a las administraciones para que aligeraran los trámites. Lo hacía en un acto celebrado el Día Mundial del Alzheimer.
La portavoz justificaba que estos cambios eran “absolutamente imprescindibles” en enfermedades cuando el paciente no disponía de sus plenas facultades. Es el caso de las "enfermedades neurodegenerativas", señalaba.
Las últimas voluntades del paciente podrán consultarse en La meva Salut. En el caso de que la persona no disponga de las facultades para expresar sus últimos deseos, podrá designar un representante que actúe como interlocutor.