Una persona utilizando un ordenador portátil y una imagen superpuesta de una mano sosteniendo varios billetes de euro

Los permisos laborales que te tiene que pagar la empresa en España en 2024

Este tipo de permisos se conocen como permisos retribuidos y quedan establecidos en el Estatuto de los Trabajadores

De forma general, puede haber circunstancias que impidan al trabajador asistir a su puesto de trabajo en un momento determinado. Por ello, en ocasiones, es necesario disfrutar de permisos laborales y retribuidos.

Estos permisos quedan recogidos en el Estatuto de Trabajadores. Ahora, desde la web oficial de la OCU, también informan de todos los permisos pagados de los que puede disfrutar un empleado en su empresa.

Estos son los permisos laborales retribuidos que puedes disfrutar

Los permisos retribuidos son días en los que el trabajador puede ausentarse de su puesto si tiene una causa justificada. Además, no se le puede descontar una parte del salario por ello. En la actualidad, existen distintos tipos de permisos pagados como cuenta la OCU.

Cambio de estado civil

Si un trabajador se casa o se registra como pareja de hecho, cada miembro de la pareja tendrá un permiso retribuido de 15 días naturales.

Embarazo o adopción

Existe un permiso por el tiempo que se necesite para hacer pruebas prenatales o técnicas de preparación al parto. En los casos de adopción, este permiso es para asistir a las sesiones de información y para hacer la preparación pertinente.

Después del nacimiento

Tras el nacimiento, los progenitores tienen derecho a un permiso retribuido de 16 semanas. De ellas, 6 se deben disfrutar tras el parto, a jornada completa y de forma ininterrumpida. Es el conocido como permiso por paternidad.

Por nacimiento de hijo prematuro que deba estar hospitalizado

Si el recién nacido debe permanecer en el hospital, el trabajador tiene derecho a ausentarse una hora del trabajo. Asimismo, puede reducir su jornada un máximo de dos horas (con la disminución proporcional del sueldo).

Lactancia

La lactancia da derecho a una hora de ausencia del trabajo cada jornada que se puede dividir en dos partes hasta que el lactante tenga nueve meses.

Cuidado de familiares

En caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que necesite reposo en el domicilio del cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado, el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido de 5 días.

También da derecho a este permiso el cuidado, por los motivos anteriores, de otra persona distinta que conviva con el trabajador en el mismo domicilio.

Fallecimiento

Si fallece el cónyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado, el trabajador tiene un permiso de 2 días. Si por este motivo, el trabajador se debe desplazar a otra ciudad o comunidad autónoma, el permiso será de 4 días.

Formación y exámenes

El trabajador tiene derecho a disfrutar de un permiso retribuido de 20 horas al año por formación vinculada a la empresa y que se pueden acumular por un período de hasta 5 años si tiene, al menos, un año de antigüedad en la empresa.

Si el trabajador debe acudir a exámenes para sacar un título académico profesional, tendrá derecho a recibir el permiso pertinente.

Mudanza

Por otro lado, el trabajador tiene derecho a un día libre si se traslada de su domicilio habitual.

Otros permisos laborales que recoge la norma

La norma también recoge los siguientes permisos retribuidos:

  • Permiso por el tiempo que necesite para cumplir un deber de carácter público y personal (donación de sangre, renovación del DNI, derecho a voto, etc.).
  • Permiso para llevar a cabo funciones sindicales o de representación del personal según los términos legales.
  • Permiso por búsqueda de empleo si se produce un despido objetivo: 6 horas desde el período de preaviso hasta fin del contrato.
  • Desplazamiento laboral: permiso de 4 días laborales por cada desplazamiento de 3 meses.
  • Permiso por fuerza mayor: derecho de ausentarse por las horas que precise (hasta 4 días retribuidos al año) por motivos familiares urgentes, enfermedad o accidente, que precisen su presencia inmediata.