Del 3 de abril al 1 de julio de 2024, los españoles y españolas podrán presentar como cada año, la declaración de la Renta. Este año, la Agencia Tributaria permitirá aplicar una serie de deducciones si has comprado o rehabilitado una casa antes de 2013.
Las personas que sean propietarias de una casa o piso podrán solicitar esta deducción fiscal siempre que se cumplan una serie de requisitos. El primero y el más importante, es que el solicitante haya vivido al menos tres años en la propiedad para la que solicita la deducción.
En caso de tratarse de una casa o piso de nueva adquisición, el contribuyente deberá haber vivido al menos un año en ella. Si no lo ha hecho durante ese periodo, después de haberla comprado o rehabilitado no se podrá aplicar esta desgravación.
La deducción de este impuesto por vivienda habitual se eliminó el 1 de enero de 2013. Por tanto solo podrán aplicarlo, las personas que hayan comprado o reformado su casa antes de esa fecha. Y siempre y cuando hayan aplicado la deducción en el año anterior también.
¿Cuáles son los requisitos y cuánto dinero me pueden devolver?
En España, cerca de 21 millones de personas están llamadas a hacer la declaración de la Renta. Según datos del CIS, casi un 5 % evade este ejercicio.
Si cumples uno de estos tres requisitos podrás beneficiarte de esta desgravación:
Si compraste una propiedad o pagaste dinero para la construcción de la misma antes del 1 de enero de 2013, puedes solicitar la devolución fiscal.
Si rehabilitaste o ampliaste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013. La deducción será válida siempre que estas obras hayan finalizado antes del 1 de enero 2017.
En estos dos primeros supuestos, el contribuyente podrá deducir hasta 9.040 euros anuales.
Si reformaste para adecuar tu hogar a alguna persona con discapacidad también podrás ponerlo en la declaración de la Renta. La fecha deberá ser la misma que en el supuesto anterior. En este último caso, la cuantía podrá ascender hasta los 12.080 euros.
Un dato importante es que alguna de estas deducciones no se aplica a la mayoría de las nuevas viviendas o hipotecas.
La Agencia Tributaria contempla ciertos gastos en obras y rehabilitación de la vivienda habitual como deducibles en la declaración de la Renta. Se trata de aquellos relacionados con la mejora en el consumo de energía primaria no renovable o rehabilitación energética.