Montaje de fotos de primer plano de María Patiño con rostro neutro y Antonio David Flores con rostro sonriente y un emoji de megáfono rojo en el centro.

Comunicado urgente sobre Antonio David Flores y María Patiño: el juez ya ha decidido

La decisión judicial sobre Antonio David Flores y María Patiño ya está tomada y tendrá consecuencias importantes

La Audiencia Provincial de Madrid ha tomado una decisión clave en el caso entre Antonio David Flores y María Patiño. El tribunal ha rechazado el recurso presentado por el exmarido de Rocío Carrasco contra la periodista. La resolución confirma la absolución de Patiño por un presunto delito de injurias y calumnias.

Los magistrados han concluido que las declaraciones de María se encuentran protegidas por la libertad de expresión. Según la sentencia, Patiño no tuvo intención de difamar ni de dañar el honor del denunciante. Además, el contenido tratado tenía un claro interés informativo por el contexto mediático de Antonio David.

María Patiño con cabello castaño y vestido rosa en La Familia de la Tele.
María Patiño y una sentencia que refuerza la libertad de expresión en los medios | RTVE

El caso se inició por unas afirmaciones en las que María Patiño sostuvo que Antonio David fue identificado como la persona que colgó carteles en Málaga, señalándole como presunto maltratador. Aunque estas declaraciones resultaron ser inexactas, la magistrada ha considerado que no hubo intención dolosa ni ánimo de injuriar. Según la sentencia, Patiño se equivocó al relatar los hechos, pero su error no alcanza el umbral penal exigido para una condena por calumnias o injurias graves.

El juez ya ha hablado, pero esto no ha terminado para Antonio David y María Patiño

La defensa de Antonio David exigía una sanción económica de más de 147.000 euros en multas, una indemnización adicional de 120.000 euros y la lectura de la sentencia condenatoria en televisión. Sin embargo, ni la jueza de primera instancia ni ahora la Audiencia Provincial han encontrado fundamentos para acceder a estas peticiones. El Ministerio Fiscal, desde el inicio del procedimiento, respaldó la absolución de la comunicadora al entender que no existía ni prueba suficiente ni intención lesiva en sus palabras.

El fallo insiste en que el derecho al honor no puede prevalecer automáticamente sobre la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de figuras públicas. Antonio David Flores, por su exposición mediática, goza de una protección reducida respecto a personas anónimas, como ha recordado el tribunal. Además, se subraya que el contenido emitido tenía un interés general legítimo, dado el debate público que rodea a su figura desde hace años.

Antonio David Flores con barba y cabello corto mira fijamente a la cámara en un entorno de estudio en Sálvame.
La justicia marca un nuevo precedente en el caso de Antonio David Flores | Mediaset

El tribunal ha matizado que la libertad de expresión no protege solo informaciones verdaderas, sino también opiniones o afirmaciones incorrectas si no hay intención de mentir. Así lo recoge también la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que establece límites muy definidos para que una expresión se considere delictiva. En este caso, el tribunal ha juzgado que el contexto informativo y la trayectoria pública del aludido son claves para entender la exoneración.

La justicia respalda a Patiño mientras Antonio David estudia su próximo movimiento

En su argumentación, la magistrada ponente ha señalado que Patiño pudo ser imprudente, pero no actuó con malicia. A su juicio, no hubo una voluntad deliberada de dañar el honor del querellante ni se produjo una imputación falsa con plena conciencia. Más bien, se trató de una interpretación periodística incorrecta dentro de un espacio televisivo de crónica social, con todos los matices que ello conlleva.

La resolución de la Audiencia Provincial confirma, por tanto, la sentencia dictada previamente por el Juzgado de lo Penal n.º 08 de Madrid, que también había absuelto a María Patiño. El fallo, aunque aún no es firme, refuerza la protección de la libertad de expresión en casos que involucran a figuras mediáticas controvertidas. Antonio David Flores, por su parte, dispone de cinco días para presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Esta decisión judicial supone un nuevo varapalo para el exguardia civil en su intento de frenar lo que considera una campaña de desprestigio mediático. Por ahora, la justicia ha determinado que, aunque cuestionables o incluso erróneas, las palabras de María Patiño no cruzaron la línea del delito. El debate sobre los límites entre información, opinión y difamación sigue abierto, pero la justicia ha hablado con claridad en esta ocasión.